Libros contables en Perú: cuáles son obligatorios según tu régimen
Una de las obligaciones formales que toda empresa peruana debe cumplir es llevar libros contables. Sin embargo, no todas las empresas están obligadas a llevar los mismos libros: el número y tipo de registros depende del régimen tributario en el que se encuentra la empresa y del nivel de ingresos que genera.
Lamentablemente, muchos empresarios desconocen cuáles son los libros que deben llevar, lo que los expone a multas por incumplimiento. En este artículo te explicamos qué libros contables exige la ley peruana según el tipo de empresa y qué consecuencias tiene no cumplir con esta obligación.
¿Qué son los libros contables?
Los libros contables son registros formales en los que se anotan de manera sistemática y cronológica todas las operaciones económicas de una empresa. Pueden ser físicos o electrónicos. En el Perú, SUNAT ha promovido el uso del Sistema de Libros Electrónicos (SLE) a través del Programa de Libros Electrónicos (PLE) o la plataforma SLE-PORTAL.
Libros contables según el régimen tributario
Nuevo RUS (NRUS)
Los contribuyentes del NRUS no están obligados a llevar libros contables. Solo deben conservar los comprobantes de sus compras.
Régimen Especial de Renta (RER)
- Registro de Ventas e Ingresos.
- Registro de Compras.
Régimen MYPE Tributario (RMT) — hasta 300 UIT de ingresos
- Registro de Ventas e Ingresos.
- Registro de Compras.
- Libro Diario de Formato Simplificado.
Régimen MYPE Tributario (RMT) — más de 300 UIT de ingresos
- Registro de Ventas e Ingresos.
- Registro de Compras.
- Libro Diario.
- Libro Mayor.
Régimen General — ingresos mayores a 500 UIT
Además de los libros anteriores, deben llevar: Libro de Inventarios y Balances, Libro de Retenciones, y todos los libros auxiliares que correspondan según la naturaleza del negocio.
💡 Nota:
Las empresas que llevan contabilidad completa (más de 500 UIT) deben presentar sus libros de manera electrónica obligatoriamente a través del SLE-PLE o SLE-PORTAL.
Plazos máximos de atraso permitidos
SUNAT establece plazos máximos de atraso para el registro de operaciones en los libros contables. Superar estos plazos genera una infracción tributaria sancionable con multa.
- Registro de Ventas y Compras: hasta 10 días hábiles del mes siguiente.
- Libro Diario y Libro Mayor: hasta 3 meses después del registro de las operaciones.
- Libro de Inventarios y Balances: hasta 3 meses después del cierre del ejercicio.
Consecuencias de no llevar libros o llevarlos con atraso
Las infracciones relacionadas con libros contables están sancionadas con multas que van desde el 0.3% hasta el 0.6% de los ingresos netos del ejercicio. Además, llevar libros con información falsa o alterada puede configurar delitos tributarios de mayor gravedad.
Conocer qué libros contables debes llevar y mantenerlos al día es una obligación básica que toda empresa en el Perú debe cumplir. Un contador de confianza puede asegurarse de que esta obligación se cumpla correctamente y dentro de los plazos establecidos.